Los agentes de carga y su pendiente regulación

febrero 23, 2013por Salvador Bañuelos

La función del agente de carga en la industria del transporte y logística es fundamental, lo que hace aún más difícil de creer que en pleno siglo XXI su actividad no haya sido legalmente reconocida, ni constituida, ni regulada por el gobierno mexicano.

¿Quién pierde?

El que el agente de carga no esté regulado genera pérdidas e incertidumbre para los usuarios, las empresas transportistas y los agentes de carga mismos.

Los usuarios: En general, las empresas que contratan a los agentes de carga no cuentan con garantía legal para hacer responder a su agente de carga de algún incumplimiento de servicio, daño o pérdida de mercancía.

Empresas transportistas: Cuando el carrier es contratado por un agente de carga, el transportista no cuenta con las garantías legales para cobrarle los fletes solicitados por dicho agente.

Por la falta de una ley o regulación, no queda clara la obligación de los agentes de carga frente a sus clientes, a los consignatarios, a los embarcadores y a los transportistas o carriers contratados.

Un ejemplo muy aconsejable para emular es la regulación que tiene Estados Unidos con sus agentes de carga. Estos últimos deben darse de alta ante el Departamento de Transporte y contar con una fianza o un fideicomiso por 10,000 dólares para garantizar el pago a los carriers en caso de incumplimiento. Este requisito genera certeza y confianza en los carriers y, como consecuencia, se le facilita al agente de carga el proceso de ser aprobado por los carriers, e incluso los límites de crédito aprobados pueden ser mayores.

Agentes de carga: Generalmente, el agente de carga no cuenta con derechos ni obligaciones de antemano definidas al no estar incluido en el contrato de transporte. El agente de carga mexicano no puede emitir una carta porte como lo hacen en otros países. Por esto mismo, al momento de cobrar sus facturas no cuentan con el soporte legal para hacerlo más eficiente o, al momento de defenderse de demandas por daños o pérdidas de mercancía, no cuentan con un marco jurídico que claramente los deslinde en casos donde los consignatarios, el porteador o el transportista sea el culpable.

El gremio de los agentes de carga por sí sólo ha logrado muchos avances en su industria. Algunos de ellos han incluido las “Standard Trading Conditions”, que dan certeza al proveer una homologación de procesos para los agentes de carga. Sin embargo, es necesario apoyar a dicho gremio con derechos y obligaciones definidos por ley como lo hacen otros países, sin importar si fueron impresas o no en sus documentos de embarque.

Recomiendo que verifique si su agente de carga pertenece a AMACARGA (Asociación Mexicana de Agentes de Carga), y en el caso de que desee contratar a un agente, de preferencia contrate a los que formen parte de dicha asociación. El agente de carga debe cumplir con algunos requisitos para pertenecer a AMACARGA y someterse a sus estatus de operación honorables.

Deseo que el nuevo gobierno apoye a este gremio y que legalmente lo reconozca, lo constituya y lo regule. Al hacerlo, sin duda alguna, estará generando certidumbre al agente de carga, así como a la comunidad logística en general, a los exportadores e importadores.

¿Y usted qué opina?

 

Artículo Original – Publicado en T21.com.mx

Salvador Bañuelos

Es cofundador y presidente de AFS International. La primer agencia de cobranza en México especializada en transporte de carga. Reconocido internacionalmente por sus resultados en la recuperación de cartera por los ultimos 21 años. Autor y conferencista. Contribuye a la industria con artículos en las siguientes revistas líderes: T21 and Enfasis Logistica Contáctelo:  Correo electrónico ,  Twitter ,  facebook,  Linkedin.com

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