Hemos encontrado que en México es cada vez más común que empresas transnacionales y cadenas departamentales utilicen prácticas fuera del marco legal, o si bien estuvieran dentro del marco legal utilizan prácticas poco éticas con sus proveedores de transporte de carga terrestre.
Hay muchos casos en las que dichas empresas, sin haberlo pactado a través de un convenio o contrato con el autotransportista, realizan pagos parciales a las facturas de sus fletes, argumentando que realizaron un descuento unilateral por daños o pérdidas de su mercancía.
En la mayoría de los casos no son descuentos mínimos o razonables, son descuentos millonarios.
Con estos cargos que le imponen al autotransportista de manera unilateral y arbitraria acaban, en muchos casos, con sus utilidades del año.
Si usted es autotransportista… ¡no se deje!
Esto no se lo deben ni pueden hacer. Recuerde que, al no haber celebrado un contrato, el único contrato que existe es la Carta de Porte.
En la gran mayoría de los casos que hemos revisado, el remitente no declara el valor de la mercancía, por lo que la responsabilidad del autotransportista es limitada en casos de pérdida o daño de la mercancía, y existen tiempos y formas para someter los reclamos.
Para mí ha sido sorprendente que en algunos casos hagan firmar al autotransportista contratos que estipulen que, en caso de pérdidas de mercancía o daño, el autotransportista debe pagar el precio al público de dicha mercancía… leyó bien, ¡precio al público!
Hemos revisado algunos contratos donde han incluido una cláusula que establece que en caso de que se haya realizado el flete y se tenga la Carta de Porte firmada por el destinatario, pero no entreguen su remisión o documento interno sellada por el mismo destinatario, el flete no se pagará en su totalidad.
Si usted es autotransportista, revise bien el contrato antes de firmarlo.
Es de suma importancia asesorarse por profesionales antes de iniciar la realización de fletes con empresas multinacionales o cadenas de departamentales.
Sabemos que hay empresas que trabajan de manera muy cabal en relación con sus proveedores de transporte, pero hay que tener mucha cautela y revisar bien los contratos y procesos de pago.
Es increíble que estas prácticas las realicen empresas que manejan el concepto de gobierno corporativo, con sus principios y normas que regulan las relaciones con proveedores.
Existe de todo en el panorama del autotransporte de carga, ¿no lo cree así?
Hasta la siguiente.